Actúa pronto
Si prevés que no vas a poder pagar una cuota, lo peor que puedes hacer es esperar. Cuanto antes hables con tu entidad, más opciones tendrás y menos intereses de demora se acumularán.
Reúne tus datos: ingresos actuales, gastos esenciales, deudas y el motivo de la dificultad. Con esa información podrás negociar con criterio.
Opciones que puedes pedir al banco
Según tu caso, puedes solicitar un periodo de carencia en el que solo pagas intereses, una ampliación del plazo para reducir la cuota, o una reestructuración de la deuda. Cada medida tiene un coste, normalmente más intereses totales.
Pide siempre que la propuesta conste por escrito y que te informen de cómo cambia el coste total. No aceptes nada que no entiendas.
Protecciones para situaciones de vulnerabilidad
Existen medidas de protección para hogares en situación de especial vulnerabilidad, como los códigos de buenas prácticas bancarias, que pueden incluir reestructuraciones o la dación en pago. Sus requisitos y su vigencia se han modificado en el tiempo.
Consulta su situación actual en el Banco de España o en servicios municipales de vivienda y atención al consumidor. Muchos ayuntamientos y comunidades ofrecen asesoramiento gratuito.
Lo que ocurre si el impago continúa
El banco no puede reclamar toda la deuda por un impago aislado: la ley exige un nivel de mora determinado y un requerimiento previo. Si se llega a una ejecución, hay un procedimiento judicial con garantías para el deudor.
Las consecuencias de ser inscrito en un fichero de morosos o de perder la vivienda son graves, por lo que conviene buscar asesoramiento jurídico en cuanto aparezcan los primeros problemas.
Dónde pedir ayuda
Puedes reclamar ante el servicio de atención al cliente del banco, luego ante el Banco de España, y consultar a asociaciones de consumidores o abogados especializados. Algunas personas pueden acceder a asistencia jurídica gratuita.
Y prevenir es mejor: antes de contratar, usa la calculadora para comprobar que tu cuota deja margen, incluso ante una subida de tipos.
Fuentes y límites
- BOE: Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario
- Banco de España: guía de acceso al préstamo hipotecario
- Banco de España: contratación de la hipoteca
Los ejemplos son hipotéticos. Consulta también nuestra metodología y criterios de actualización.
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